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UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA en AZOGUES

Información, contacto y opiniones de UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA en AZOGUES

Dirección, teléfono, mail, localización en google maps y opiniones de UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA .

UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA es una escuela de Educación Regular situada en la provincia de CAÑAR, cantón de AZOGUES en la parroquia de SAN FRANCISCO

 

UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA de SAN FRANCISCO es un centro educativo de Educación Regular y sostenimiento Particular Religioso, con jurisdicción Hispana .

La modalidad es Presencial de jornada Matutina y nivel educativo de Inicial, Educación Básica y Bachillerato

Información completa:

UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA

UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA
CUATRO DE NOVIEMBRE AVENIDA DE LA VIRGEN

CAÑAR , AZOGUES, 030104
Ecuador

Educación Regular

 

 


Datos generales de la escuela UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA

  • Nombre de la institución: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA
  • Código AMIE: 03H00026
  • Dirección de ubicación: CUATRO DE NOVIEMBRE AVENIDA DE LA VIRGEN
  • Tipo de educación: Educación Regular
  • Provincia: CAÑAR
  • Código de la provincia de CAÑAR según el INEC: 03
  • Cantón: AZOGUES
  • Código del Cantón AZOGUES según el INEC: 0301
  • Parroquia: SAN FRANCISCO
  • Código de la parroquia SAN FRANCISCO según el INEC: 030104
  • Nivel educativo que ofrece: Inicial, Educación Básica y Bachillerato
  • Sostenimiento y recursos: Particular Religioso
  • Zona: UrbanaINEC
  • Régimen escolar: Sierra
  • Educación: Hispana
  • Modalidad: Presencial
  • Jornada: Matutina
  • Tenencia del inmueble: Propio
  • La forma de acceso: Terrestre

Datos de los profesores de la escuela UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA

  • Número de Docentes genero femenino: 18
  • Número de Docentes genero masculino: 6
  • Número total de profesores: 24

Personal administrativo de UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA

  • Número de Administrativos genero femenino: 4
  • Número de Administrativos genero masculino: 6
  • Número de Administrativos: 10

Estudiantes de UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA

  • Número total de estudiantes de genero femenino: 167
  • Número total de estudiantes de genero masculino: 216
  • Número total de estudiantes del establecimiento: 383

Estudiantes por curso

  • Niñas 3 años: 1
  • Niñas 4 años: 8
  • Niños 4 años: 3
  • Niñas de primer año de Educación Básica: 12
  • Niños de primer año de Educación Básica: 10
  • Niñas de segundo año de Básica: 15
  • Niños de segundo año de Básica: 14
  • Niñas de tercer año de Educación Básica: 6
  • Niños de tercer año de Educación Básica: 8
  • Niñas de cuatro año de Educación Básica: 10
  • Niños de cuatro año de Educación Básica: 8
  • Niñas de quinto año de Educación Básica: 5
  • Niños de quinto año de Educación Básica: 11
  • Niñas de sexto año de Educación Básica: 10
  • Niños de sexto año de Educación Básica: 14
  • Niñas de séptimo año de Educación Básica: 4
  • Alumnos de séptimo año de Educación Básica: 11
  • Alumnas de octavo año de Educación Básica: 13
  • Alumnos de octavo año de Educación Básica: 17
  • Alumnas de noveno año de Educación Básica: 17
  • Alumnos de noveno año de Educación Básica: 19
  • Alumnas de decimo año de Educación Básica: 12
  • Alumnos de decimo año de Educación Básica: 22
  • Alumnas de primer año bachillerato: 14
  • Alumnos de primer año bachillerato: 30
  • Alumnas de segundo año bachillerato 23
  • Niños de segundo año bachillerato: 16
  • Alumnas de tercero año bachillerato: 17
  • Alumnos de tercero año bachillerato: 22

 

 


Mapa y localización de UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA en la provincia de CAÑAR, cantón de AZOGUES en la parroquia de SAN FRANCISCO

 


Opiniones sobre UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA de SAN FRANCISCO, AZOGUES (CAÑAR)

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1 comentario en «UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAN DIEGO DE ALCALA en AZOGUES»

  1. Unidad Educativa San Diego de Alcalá
    POR MEDIO DEL PRESENTE REMITO LA NORMA LEGAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO AFIN DE QUE SE EXONERE DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y APLIQUE EN EL MUNICIPIO QUE CORRESPONDA.

    CONGREGACIONES RELIGIOSAS: EXONERACIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS DE BIENES INMUEBLES
    OF. PGE. N°: 07263 de 03-04-2012
    CONSULTANTE:
    Municipalidad del Cantón Sucúa

    CONSULTANTE:
    Municipalidad del Cantón Sucúa.
    CONSULTA:
    “¿Es legal y procedente que los predios o bienes inmuebles y las construcciones y edificios de las congregaciones religiosas de diversa índole creadas como personas jurídicas ubicadas en el cantón Sucúa área urbana destinadas a sus fines y objeto social como instituciones educativas, de catequesis, centros ocupacionales, hospitales, asilos y otras actividades son instituciones de beneficencia o asistencia social de carácter particular, consecuentemente están exoneradas del pago del impuesto del predio urbano?”.

    PRONUNCIAMIENTO:
    De conformidad con la letra c) del Art. 509 del COOTAD, se concluye, que a los predios urbanos que pertenecen a las congregaciones religiosas de ese cantón, por constituir instituciones de beneficencia o asistencia social de carácter particular, siempre que sean personas jurídicas y los edificios y sus rentas estén destinados, exclusivamente a estas funciones, les son aplicables las exoneraciones de impuestos, están exoneradas del pago del impuesto predial a la propiedad urbana.
    En consecuencia, en virtud de que el Art. 22 del Reglamento de Cultos Religiosos publicado en el Registro Oficial No. 365 de 20 de enero de 2000, reconoce a las entidades religiosas que tengan personalidad jurídica el carácter de personas de derecho privado y utilidad social, benéfica y educacional, tales entidades religiosas cumplen con los requisitos previstos en la letra c) del Art. 509 del COOTAD para que se les exonere el pago del impuesto predial a la propiedad urbana, debiendo cuantificarse el gasto tributario en los términos del artículo 94 del Código orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y anexarse a la proforma presupuestaria correspondiente.
    Este pronunciamiento se limita al análisis de la aplicación de las normas legales, puesto que no le compete a la Procuraduría General del Estado, decidir sobre la situación particular de la congregación religiosa que motiva su consulta, ya que tal resolución le corresponde al Municipio del Cantón Sucúa como autoridad tributaria, en ejercicio de su facultad determinadora definida por el artículo 68 del Código Tributario como el acto o conjunto de actos reglados realizados por la administración activa, tendientes a establecer, en cada caso particular, la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo.

    Art. 509.- Exenciones de impuestos.- Están exentas del pago de los impuestos a que se refiere la presente sección las siguientes propiedades:
    a) Los predios unifamiliares urbano-marginales con avalúos de hasta veinticinco remuneraciones
    básicas unificadas del trabajador en general;
    b) Los predios de propiedad del Estado y demás entidades del sector público;
    c) Los predios que pertenecen a las instituciones de beneficencia o asistencia social de carácter
    particular, siempre que sean personas jurídicas y los edificios y sus rentas estén destinados,
    exclusivamente a estas funciones.
    Si no hubiere destino total, la exención será proporcional a la parte afectada a dicha finalidad;
    d) Las propiedades que pertenecen a naciones extranjeras o a organismos internacionales de
    función pública, siempre que estén destinados a dichas funciones; y,
    e) Los predios que hayan sido declarados de utilidad pública por el concejo municipal o metropolitano y que tengan juicios de expropiación, desde el momento de la citación al demandado hasta que la sentencia se encuentre ejecutoriada, inscrita en el registro de la propiedad y catastrada.
    En caso de tratarse de expropiación parcial, se tributará por lo no expropiado

    Atentamente,

    Raúl

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